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26 de noviembre de 2024

LA INTENDENTE DE ENRIQUE URIEL FUÉ PROCESADA POR FRAUDE A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

La Justicia Federal dio un paso importante en la investigación contra Liliana Pascua, por el presunto cobro simultáneo de una pensión no contributiva por invalidez y su salario como funcionaria pública.

El Juzgado Federal de Sáenz Peña avanzó en el proceso penal contra Liliana del Carmen Pascua, intendente de Enrique Urien, quien es investigada por presunto fraude en perjuicio de la administración pública. El caso, iniciado en 2020, se centra en el cobro simultáneo de una pensión no contributiva por invalidez y su salario como funcionaria pública, situación que violaría la normativa vigente. Las actuaciones comenzaron tras la ampliación de requerimiento de instrucción del Ministerio Público Fiscal (MPF), que identificó indicios de irregularidades en el cobro de beneficios sociales por parte de Pascua. Según la investigación, la procesada habría percibido una pensión no contributiva por invalidez, a pesar de su nombramiento como intendente en julio de 2013. El MPF sostiene que Pascua continuó cobrando la pensión hasta diciembre de 2013, dos meses después de haber solicitado formalmente su baja, lo que configura un posible fraude. Además, se señala que los ingresos combinados de la pensión y su salario como intendentaesuperaban los límites permitidos por la Ley 26.818, que regula la compatibilidad de estos beneficios. Liliana Pascua, intendente de Enrique Urien. En 2021, Pascua fue procesada sin prisión preventiva por el entonces juez Miguel Aranda, bajo los cargos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica y uso de documento adulterado. Sin embargo, en noviembre de ese año, la Cámara Federal de Apelaciones revocó el procesamiento y ordenó nuevas medidas probatorias. Tras incorporar nuevos informes de ANSES, Desarrollo Social y el Banco del Chaco, la causa fue retomada en 2023 por el juez Ricardo Mianovich, quien dictó la falta de mérito en septiembre. Esta decisión fue apelada por el MPF, y en diciembre del mismo año, la Cámara nuevamente revocó el fallo, instruyendo un análisis más exhaustivo de las pruebas. RESOLUCIONES RECIENTES El 21 de diciembre de 2023, el MPF presentó un dictamen detallando que Pascua, al cobrar simultáneamente la pensión y su salario, incumplió la normativa sobre incompatibilidades. Según registros de ANSES, el salario de Pascua como intendenta excedía el límite de tres haberes mínimos jubilatorios, haciendo ilegal el cobro del beneficio. En un pronunciamiento reciente, el juez federal concluyó que existen elementos suficientes para procesar a Pascua por fraude a la administración pública, descartando, sin embargo, el delito de falsedad ideológica. La resolución se basó en que la discapacidad que justificó la pensión fue debidamente acreditada, eliminando así este cargo. DETALLES DE LA ACUSACIÓN Pascua percibió una pensión por invalidez desde 2008 hasta 2013 debido a una incapacidad laboral del 80%. Estaba inscripta como monotributista en AFIP (actividad "servicios personales") entre 2009 y 2013, simultáneamente al cobro de la pensión. En julio de 2013 solicitó la baja de la pensión al asumir como intendenta, pero su inscripción como monotributista ya implicaba una incompatibilidad previa. Continuó percibiendo beneficios como el Programa Hogar y la Asignación Universal por Hijo, destinados automáticamente a personas con pensión por invalidez, incluso tras haber solicitado la baja. Se señala que conocía que estas sumas no le correspondían, cobrándolas de forma indebida. Fuente Diario Chaco.

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